Logo

martes, 27 de marzo de 2012

Atribuciones del CEPY

  • Apoyar y participar en los niveles que correspondan, en la construcción de leyes nacionales, departamentales, locales y su reglamentación.
  • Desarrollar el control social en todos los niveles educativos del gobierno y entidades territoriales autónomas.
  • Fiscalizar los actos de la función pública.
  • Participar en los órganos e instituciones del Estado.
  • Ejercer control social a la calidad del servicio educativo.
  • Participación y control social del CEPY en la estructura administrativa educativa y curricular-pedagógica en el territorio Yurakaré.
  • Poder de decisión en todo el proceso educativo.
  • Participar en la formulación y definición de las políticas educativas en todo el sistema educativo.
  • Participar en la planificación, organización, ejecución, seguimiento y evaluación del proceso educativo.
  • Definir en forma articulada a las organizaciones matrices, la construcción e implementación de una educación intracultural, intercultural y plurilingüe en todo el sistema educativo.

Area de cobertura del CEPY


El Consejo Educativo del Pueblo Yuracare (CEPY) representa a las Juntas Escolares y de Núcleos de todas las comunidades indígenas Yuracaréces de 4 departamentos. Cochabamba, Santa Cruz, Beni y La Paz. Alberga en total a 74 comunidades establecidas en la nación Yurakaré.


Departamentos Municipios Comunidades Regionales con las que coordina
Cochabamba Villa Tunari
Chimoré
Puerto Villaroel
Entre Ríos
39 CPITCO (Trópico de Cochabamba)
Santa Cruz Yapacani 3 CPESC (Río Ichilo)
Beni Moxos
Marbán
30 CPIB y CPMB (Sur del Beni)
La Paz Alto Beni
Covendo
2 CPILAP(Covendo)

Consejo Educativo del Pueblo Yurakaré

Constitucion

El CEPY nace por mandato de una Asamblea Extraordinaria del CONIYURA el año 2005. Por mandato de ésta Asamblea Mario Bolivar y Cleto Chávez impulsan y sientan  las bases para la creación, funcionamiento y reconocimiento del Consejo Educativo del Pueblo Yuracaré

El CEPY es un Consejo Educativo de Pueblo Originario legalmente reconocido por la Ley 1565 de la Reforma Educativa la que reconoce y promueve la existencia  de los Consejos Educativos  de Pueblo Originarios.

A partir del año 2006 se conforma el directorio del CEPY a la cabeza de Miguel Nuñez como Presidente y Miltón Pradel Secretario de Economía siendo ellos dos los miembros  más activos encabezando el proceso de consolidación del CEPY como Consejo Educativo de Pueblo Originario.  El 27 de agosto de 2007 obtienen personería jurídica 397/07, el año 2008  del 30 de julio logran la Resolución Suprema 229417 donde el Estado boliviano a través del presidente de la república reconoce al CEPY como un CEPO legalmente establecido.
Niveles de coordinación

El CEPY coordina con 5 regionales que forman parte de la CIDOB, estos son:

  • CPITCO, Yurakarés del trópico de Cochabamba
  • CPILAP, Yurakarés del departamento de La Paz
  • CPESC, Yurakarés del departamento de SC
  • CPIB y CMIB, Yurakarés del departamento del Beni